El Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, organiza la etapa de Educación Primaria en tres ciclos de dos años académicos cada uno.
Sin perjuicio de su carácter global, debido a la necesidad de integrar las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado en estas edades, la etapa se organiza en las siguientes áreas, que los centros podrán agrupar en ámbitos en el marco que establezcan sus respectivas administraciones educativas:
En alguno de los cursos del tercer ciclo se añadirá Educación en Valores Cívicos y Éticos.
Las administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera u otra lengua cooficial o una materia de carácter transversal.
En el conjunto de la etapa, la orientación y la acción tutorial acompañarán el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.
El área Lengua Propia y Literatura recibirá el tratamiento que las comunidades autónomas afectadas determinen, garantizando en todo caso que se adquiera una competencia lingüística suficiente en ambas lenguas oficiales. Podrán establecerse exenciones de cursar o de ser evaluados de dicha área, en las condiciones que establezca la normativa autonómica correspondiente.
La intervención educativa debe contemplar como principio la diversidad del alumnado, entendiendo que de este modo se garantiza el desarrollo de todo él en su conjunto, a la vez que una atención personalizada en función de las necesidades individuales.
Con el fin de reforzar la inclusión y asegurar el derecho a una educación de calidad, en esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención individualizada del alumnado, en la detección precoz de las necesidades específicas y en el establecimiento de mecanismos de apoyo y refuerzo (tanto organizativos como curriculares y metodológicos: apoyo en el grupo ordinario, agrupamientos flexibles o adaptaciones del currículo...) que eviten la permanencia en un mismo curso, particularmente en entornos socialmente desfavorecidos.
Con este fin, las administraciones educativas deben impulsar que los centros adopten medidas de flexibilización en la organización de las áreas, las enseñanzas, los espacios y los tiempos, y promuevan alternativas metodológicas que aseguren asimismo que el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo pueda alcanzar los objetivos y las competencias de la etapa. En particular, se favorecerá la flexibilización y el empleo de alternativas metodológicas en la enseñanza y la evaluación de la lengua extranjera, especialmente con aquel alumnado que presente dificultades en su comprensión y expresión. Igualmente, se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades de este alumnado.
Estas actuaciones estarán orientadas a permitir que todo el alumnado alcance el nivel de desempeño esperado al término de la Educación Primaria, de acuerdo con el Perfil de salida y la consecución de los objetivos de la Educación Primaria, por lo que en ningún caso podrán suponer una discriminación que impida a quienes se beneficien de ellas promocionar al siguiente ciclo o etapa.
En el curso 2023-2024 se completa la implantación del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, que se inició en los cursos impares (1º, 3º y 5º) en el curso 2022-2023.