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Información general sobre la Educación Primaria

Características de la evaluación en Educación Primaria

La evaluación del alumnado será global, continua y formativa, y tendrá en cuenta el grado de desarrollo de las competencias clave y su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje.

Cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo, que deben adoptarse tan pronto como se detecten las dificultades con el fin de garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

Las administraciones educativas desarrollarán orientaciones para que los centros docentes puedan elaborar planes de refuerzo o de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo requiera.

El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado, como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

El equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora del grupo, valorará, de forma colegiada, el progreso del alumnado en una única sesión de evaluación que tendrá lugar al finalizar el curso escolar.

Se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, diversos, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado.

Resultados de la evaluación

Los resultados de la evaluación se expresarán en los siguientes términos: «Insuficiente» («IN»), para las calificaciones negativas, y «Suficiente» («SU»), «Bien» («BI»), «Notable» («NT») y «Sobresaliente» («SB») para las positivas.

Referentes para la evaluación

Los referentes para la evaluación serán los criterios de evaluación recogidos para cada ciclo y área en los currículos desarrollados por las administraciones educativas a partir del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzoBOE, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.

Promoción

Al final de cada ciclo, el equipo docente adoptará las decisiones relativas a la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o la tutora. En todo caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar los aprendizajes que no hubiera alcanzado en el curso anterior.

Con carácter excepcional, y tras haber aplicado las medidas ordinarias suficientes, adecuadas y personalizadas para atender las dificultades de aprendizaje de un alumno o alumna, el equipo docente podrá proponer su permanencia un año más en el mismo curso si considera que esa es la medida más adecuada para favorecer su desarrollo. Esta decisión solo se podrá adoptar una vez durante la etapa, e implicará el diseño de un plan específico de refuerzo para que, durante ese curso, se puedan alcanzar las competencias correspondientes.

El tutor o tutora emitirá un informe individual al final de cada ciclo acerca del grado de adquisición de las competencias clave, en el que se incluirán, en su caso, las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo o etapa siguiente.

Asimismo, se emitirá un informe sobre la evolución y el grado de desarrollo de las competencias clave de todo el alumnado al finalizar la etapa.

Documentos oficiales de evaluación

Los documentos oficiales de evaluación son las actas de evaluación para cada uno de los cursos, el expediente académico, el historial académico, el informe final de etapa y, en su caso, el informe personal por traslado.

Evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales

Los referentes de la evaluación en el caso de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles promocionar de ciclo o etapa.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Evaluación de diagnóstico

En el cuarto curso de Educación Primaria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por su alumnado. Esta evaluación, que será responsabilidad de las administraciones educativas, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

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