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Información general sobre las enseñanzas deportivas de grado superior

Para acceder al ciclo de grado superior será necesario tener los títulos de:

  • Bachiller o equivalente a efectos académicos.
  • Técnico deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.

Prueba de madurez

El título de bachiller podrá sustituirse por la superación de una prueba en la que se demuestre la madurez en relación con los objetivos del bachillerato. Para realizar esta prueba se necesitan 19 años, o 18 en que caso de que se posea un título de formación profesional de la familia de actividades físicas y deportivas.

Esta prueba se puede sustituir por la parte común de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior.

Esta prueba será regulada y organizada por las comunidades autónomas.

Requisitos de acceso de carácter específico

Además de los requisitos generales, cada modalidad podrá exigir cualquiera de las siguientes condiciones:

  • La superación de una prueba de carácter específico de la modalidad o especialidad deportiva
  • La acreditación de determinados méritos deportivos

La superación de la prueba de carácter específico o la acreditación de los méritos deportivos sustitutivos de esta prueba, junto con los módulos relacionados, acreditarán las competencias deportivas requeridas y, en su caso, las correspondientes unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Los requisitos de carácter específico tendrán validez en todo el territorio nacional.

Los deportistas de alto nivel o de alto rendimiento estarán exentos de cumplir los requisitos de carácter específico en la modalidad o especialidad correspondiente.

Modificaciones introducidas por la LOMLOE

A partir del curso 2021/2022 entrarán en vigor las siguientes modificaciones.

También podrán acceder a los grados medio y superior de estas enseñanzas quienes,careciendo de los títulos o certificados, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas. Para acceder por esta vía al grado medio se requerirá tener la edad de diecisiete años,y diecinueve para el grado superior,cumplidos en el año de realización de la prueba,siempre que se acrediteestar en posesión del título de TécnicoDeportivo de la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.Las pruebas a las que se refiere el párrafo anterior deberán permitir acreditar para el grado medio los conocimientos y habilidades suficientes y para el grado superior la madurez en relación con los objetivos del bachillerato, para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas, de acuerdo con los criterios que establezca el Gobierno.

En el caso de determinadas modalidades o especialidades deportivas, podrá requerirse además la superación de una prueba específica realizada por las Administraciones educativas, acreditar méritos deportivos, experiencia profesional o deportiva, o las tres condiciones de forma conjunta. El Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, regulará las características de la prueba y de los méritos deportivos y de la experiencia profesional o deportiva, de tal manera que se demuestre tener las condiciones necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes, así como la convalidación de los mismos por experiencia profesional, deportiva o formación acreditada.

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